¿Puedo retrasar Medicare si sigo trabajando a los 65?
Normalmente si, si tiene cobertura de salud a través de su empleador actual o el de su cónyuge y ese empleador tiene 20 empleados o más. En ese caso puede retrasar la Parte B sin penalidad, y un Periodo Especial de Inscripción lo protege cuando el empleo o la cobertura terminan.
La prueba del tamano del empleador es el punto clave. En empresas con 20 empleados o más, el plan del empleador paga primero y Medicare puede esperar. En empresas más pequeñas, Medicare está diseñado para pagar primero, lo que significa que no inscribirse puede dejarlo peligrosamente mal cubierto aunque usted se sienta cubierto. Muchas personas también eligen tomar la Parte A a los 65 de todos modos, ya que para la mayoría no tiene costo mensual, aunque quién aporta a una HSA debe detenerse y planificar primero, porque inscribirse en la Parte A termina la elegibilidad para la HSA.
¿Cuenta COBRA como cobertura de empleador?
No, y este es el error que más daño causa. COBRA no se considera cobertura de empleador actual para efectos de Medicare. Si deja de trabajar y toma COBRA después de los 65 sin inscribirse en Medicare, puede enfrentar lagunas de cobertura y penalidades por inscripción tardía que nunca expiran.
La trampa es comprensible: COBRA se ve y se siente como su antiguo plan del empleador, así que la gente supone que aplican las mismas reglas de Medicare. No es así. Su Periodo Especial de Inscripción de ocho meses comienza cuando termina su empleo, no cuando termina su COBRA. La cobertura para jubilados sigue una logica parecida. Si esta cerca de esta situación, confirme sus fechas antes de firmar nada. Esta misma conversación, de diez minutos, la tenemos con clientes de Los Ángeles cada mes, y es gratuita.
¿Sigue trabajando y no está seguro si debe retrasar la Parte B? Llame antes de decidir, para que nunca le siga una multa.
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¿Cuándo exactamente debo inscribirme después de dejar de trabajar?
Su Periodo Especial de Inscripción dura ocho meses después de que termine su empleo o la cobertura del empleador, lo que ocurra primero. Inscribirse antes de que la cobertura del trabajo termine de verdad es el camino más limpio, porque permite que su Medicare comience en el momento en que el plan del empleador se detiene, sin ninguna laguna en medio.
Trate su fecha de jubilación como un proyecto con tiempo de anticipación. Entre sesenta y noventa días antes es el momento ideal para empezar: confirme las fechas de inicio de sus Partes A y B, elija su camino de cobertura y organice la cobertura de medicamentos para que nada se interrumpa. Esperar hasta después de la fiesta de jubilación funciona legalmente, pero arriesga semanas sin cobertura y decisiones apuradas. Las personas que viven esta transición con calma son simplemente las que empezaron temprano. Usted puede ser una de ellas.
¿Qué penalidades estoy evitando en realidad?
Las penalidades por inscripción tardía en Medicare no son cargos de una sola vez. Son recargos permanentes que se suman a sus costos mensuales durante todo el tiempo que tenga esa cobertura, y crecen con cada año que usted retrasa sin cobertura que califique. Evitarlas por completo es toda la razón por la que el momento importa.
Tanto la Parte B como la cobertura de medicamentos tienen sus propias penalidades por inscripción tardía, cada una con su propio reloj y sus propias reglas sobre que cuenta como cobertura que califica. Los detalles importan menos que el principio: estas penalidades son permanentes, son evitables, y evitarlas no requiere nada más que inscribirse en el momento correcto para su situación. Toda situación tiene un momento correcto. Encontrar el suyo es una conversación breve, y son los diez minutos de mayor valor en toda la planificación de Medicare.
